Director Centro Residencial
Jardín-Tardajos
El Consejo de Gobierno aprobó el pasado mes de agosto, el Proyecto de Ley del Modelo de Atención para Cuidados de Larga Duración de Castilla y León. Esta ley, que será de obligado cumplimiento para todos los centros de Castilla y León tanto de titularidad privada como pública, pretende adaptar todos los Centros públicos y privados destinados a la atención a las personas mayores, dependientes y con discapacidad, al contexto actual, generalizando un modelo de Atención Integral centrado en las personas, trasladándoles todo el protagonismo en cuanto a preferencias vitales.
Su finalidad es garantizar los derechos de quienes viven en los centros de carácter residencial y en los centros de día de Servicios Sociales para cuidados de larga duración, para personas en riesgo o situación de dependencia, y con discapacidad situados en Castilla y León, intentando adaptar el modelo actual a los nuevos tiempos.
La esencia de la ley, por tanto, se basa en la atención centrada en las necesidades y deseos de las personas dependientes, de forma que estos centros se conviertan en verdaderos hogares, organizados en Unidades de convivencia como modelo a desarrollar. Estas Unidades de convivencia son pequeños módulos dentro de los centros en los que convivan entre 12 y 16 personas, dependiendo de las características de cada uno de ellos y persiguen un doble objetivo, extender el modelo de la atención centrada en la persona y evitar la propagación de enfermedades como ocurrió con la pandemia.
El texto determina la organización, funcionamiento, régimen de autorización, evaluación de calidad y principios de funcionamiento y se debe aplicar en todos los centros residenciales, por lo que supondrá cambios significativos en su organización y funcionamiento.
La ley contempla aspectos arquitectónicos que serán de obligado cumplimiento para los centros que se construyan nuevos, aunque los ya existentes deben modificarse para entrar dentro de la ley en un plazo de seis años; para ello se ha establecido una línea de subvenciones para las obras en las residencias ya existentes y en aquellos centros que por sus propias características arquitectónicas no sea posible adaptarlas a la nueva normativa, deberán estar debidamente justificados.
Un aspecto controvertido que aborda esta nueva ley es la eliminación de las sujeciones físicas o químicas a excepción de los casos que estén debidamente justificados y autorizados.
Uno de los objetivos más ambicioso que persigue esta ley es ofrecer estos servicios a los usuarios que decidan continuar viviendo en sus domicilios. Se pretende que las personas mayores decidan donde quieren estar o, si quieren permanecer en el medio rural, para poner a su disposición todos los servicios socio sanitarios, haciendo posibles los dos modelos: personas atendidas en los centros residenciales y personas atendidas en sus propios domicilios.
La Ley como vemos, es el resultado de un trabajo largo y complejo, para el que se constituyó un grupo de trabajo integrado por representantes de las entidades del Tercer Sector de Acción Social, federaciones de personas mayores, grupos parlamentarios, organizaciones sindicales y patronales, colegios profesionales y entidades locales con el objetivo de analizar la situación de las residencias y alcanzar acuerdos de manera consensuada.
Castilla y León ha sido pionera en aprobar una Ley de Residencias para las personas mayores y el propósito es que se implante en el conjunto de Castilla y León y se extienda a todas las Comunidades Autónomas.
Ahora estaremos pendientes del desarrollo de esta ley que supone una apuesta por la innovación y la calidad a través de la evaluación continua de la calidad de los servicios residenciales, del desarrollo de estándares de calidad, la elaboración de directrices, guías y manuales de buenas prácticas, promoviendo actividades de formación especializada y la sensibilización social, en especial, la formación de los profesionales, por lo que la nueva Ley dispone que todos los centros tendrán que elaborar un plan anual de formación. Los centros deberán someterse periódicamente a una evaluación de calidad como garantía del cumplimiento por parte de todos los agentes que intervienen en el proceso de la obligación de prestar servicios de calidad que protejan los derechos de las personas usuarias.
Hay aspectos de la ley que están sujetos a la posterior normativa de desarrollo, como es el caso del número de profesionales que deben trabajar en los centros residenciales o de día, si bien sí se establece la formación requerida para formar parte de las plantillas: los títulos de Técnico en Atención a Personas en Situación de Dependencia o Técnico en Cuidados Auxiliares de Enfermería, además de los correspondientes certificados de profesionalidad que convaliden la prestación previa de servicios.
Cualquier plan de mejora de la atención sociosanitaria en las residencias debe destinar, en primer lugar, los recursos humanos y materiales tanto para las residencias como para los Centros de Atención Primaria con la finalidad de dar apoyo y continuidad de cuidados para las personas mayores y las familias, evitando ingresos innecesarios, realizando prevención primaria, secundaria y terciaria, detección precoz de la fragilidad y de la dependencia y una posible detección también precoz de posibles brotes epidémicos…
La vejez, es una etapa más del ciclo vital, y se debe garantizar la continuidad de la atención con el resto de las etapas de la vida para lo cual será imprescindible dotar adecuadamente a los centros y a los profesionales para que realicen su labor en condiciones dignas, seguras y eficientes.
No hay duda de que nos queda mucho trabajo por delante.